Preguntas frecuentes

¿Cuál es el límite de cobertura del FGD por depositante y entidad?

El Fondo de Garantía de Depósitos cubre hasta 100.000 euros por titular de depósito y por entidad adherida. Si tienes dinero en dos bancos diferentes, cada uno cubre 100.000 euros de forma independiente.

¿Qué productos quedan excluidos de la cobertura?

La cobertura no incluye fondos de inversión, acciones, bonos, criptoactivos, pólizas de seguros ni derivados. El FGD solo protege depósitos en efectivo (cuentas corrientes, cuentas de ahorro y depósitos a plazo).

¿Cómo sé si mi banco está adherido al FGD?

Puedes consultar el registro oficial en la web del Banco de España (www.bde.es) o en la de la FROB (Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria). Los bancos autorizados en España están obligados a adherirse.

¿Qué ocurre si un banco entra en resolución?

El FGD compensa a los depositantes en un plazo máximo de 7 días de calendario, aunque en la práctica suele ser más rápido gracias a sistemas automáticos. Recibirás hasta 100.000 euros por titular y entidad.

¿Si tengo una cuenta conjunta, ¿qué límite se aplica?

Las cuentas conjuntas (dos o más titulares) están protegidas por 100.000 euros por cada titular. Ejemplo: si dos personas tienen una cuenta conjunta con 150.000 euros, cada una está cubierta hasta 100.000 euros.

¿Se cubre depósitos en moneda extranjera?

Sí, la cobertura incluye depósitos en cualquier moneda, pero el límite de 100.000 euros se aplica al valor convertido a euros el día de la insolvencia de la entidad.